El Seguro Social debe ser notificado tan pronto sea posible cuando fallece una persona. En la mayoría de los casos, el encargado de la funeraria notificará al Seguro Social de la muerte de esta persona. Usted tendrá que darle el número de Seguro Social al encargado de la funeraria para que este pueda hacer la notificación.
Algunos de los miembros de la familia del difunto pudieran tener derecho a beneficios de Seguro Social si ésta persona trabajó lo suficiente. Usted se debe comunicar con la oficina del Seguro Social tan pronto le sea posible para asegurarse que la familia reciba todos los beneficios a los cuales pudiera tener derecho. Por favor lea la siguiente información cuidadosamente para que tenga un mejor conocimiento de los beneficios que hay disponibles.
- Se le puede pagar un pago de $255 una sola vez al cónyuge sobreviviente, si él o ella estaban viviendo con la persona que fallece, o si no estaban viviendo juntos, el cónyuge estaba recibiendo beneficios de Seguro Social en el registro de la persona que fallece. Si no hay cónyuge sobreviviente, el pago se le hace a los niños que durante ese mes tengan derecho a beneficios de Seguro Social en el registro de la persona que fallece.
- Ciertos miembros de la familia pudieran tener derecho a recibir beneficios mensuales, esto incluye:
- Un viudo o viuda que tenga 60 años de edad o mayor (50 años o más si es incapacitado[a]);
- Un cónyuge sobreviviente con cualquier edad si tiene a cargo cualquier hijo(a) del difunto que tenga 16 años o menos o incapacitado.;
- Un hijo(a) soltero(a) del difunto que es:
- Menor de 18 años (ó 18 años ó 19 años si es que él/ella es un estudiante a tiempo completo en una escuela primaria o secundaria); o
- 18 años o mayor con una incapacidad que comenzó antes de cumplir los 22 años;
- Padre/Madre de la persona fallecida que tenga 62 años o más y recibiera su manutención del difunto o por los menos la mitad de esa manutención; y
- Bajo ciertas circunstancias, un cónyuge divorciado sobreviviente.
Si el difunto está recibiendo beneficios de Seguro Social, usted tiene que entregar los beneficios que se recibieron para el mes en que ocurre el fallecimiento o cualquier mes posterior. Por ejemplo, si la persona fallece en el mes de julio, usted tiene que entregar los beneficios que recibe en el mes de agosto. Si los beneficios eran pagados por depósito directo, comuníquese con el banco o con la institución financiera. Pida que cualquier dinero recibido para el mes en que fallece la persona o posterior, sea devuelto al Seguro Social. Si los beneficios eran pagados en cheque, no cambie ningún cheque recibido para el mes en que fallece la persona o posterior. Devuelva estos cheques a la oficina de Seguro Social tan pronto le sea posible.
Sin embargo, ciertos miembros de la familia podrían tener derecho a recibir beneficios para el mes en que fallece el beneficiario.
Cómo comunicarse con el Seguro Social
Para informarse mejor, visite nuestro sitio de Internet en www.segurosocial.gov/espanol o llame a nuestro número gratis al 1-800-772-1213. (Si tiene problemas auditivos marque nuestro número TTY, 1-800-325-0778). Con mucho gusto contestaremos las preguntas específicas que usted tenga. También ofrecemos información telefónica automatizada las 24 horas al día.
Proveemos servicios de intérprete gratis para ayudarle con sus trámites de Seguro Social. Estos servicios están disponibles tanto por teléfono como en nuestras oficinas. Una vez se comunique con nuestro número gratis, 1-800-772-1213, oprima el 2 si desea el servicio en español y espere a que le atienda un representante.
Todas nuestras llamadas telefónicas son confidenciales. Como también queremos ofrecerle el servicio más cortés y correcto, es posible que un segundo representante escuche algunas llamadas.